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Junta de Extremadura Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional

Enseñanzas Iniciales


  • Deberán presentar solicitud de admisión a las Enseñanzas Iniciales para personas adultas:
    • Quienes deseen acceder a esta oferta por primera vez.
    • El alumnado que haya perdido el derecho a permanencia en estas enseñanzas por transcurrir el plazo de solicitud de matrícula y no haberla efectuado.
  • La persona solicitante presentará una única solicitud en el plazo establecido en el calendario de actuaciones conforme al modelo del ANEXO III.
  • La solicitud de admisión se formalizará presentándola:
    • Personalmente en las dependencias del centro o aula de adultos donde vaya a cursar estas enseñanzas.
    • En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la ciudadanía, recogidas en el anexo de la Resolución de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 78, de 27 de abril), e integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, recogido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 246, de 24 de diciembre). En caso de optar por presentar su solicitud de admisión en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada. O por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
    • Por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf o cualquier otro de los registros a los que hace referencia el apartado anterior. En caso de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será necesario que los interesados dispongan de DNI electrónico o certificado electrónico en vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes direcciones: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y https://www.cert.fnmt.es/.
  • El alumnado que habiendo participado en el procedimiento de admisión haya obtenido la adjudicación de una vacante escolar, será matriculado de oficio por el centro educativo.
  • En el caso de existir vacantes finalizando el llamamiento por las listas de espera, y a partir de la fecha que indica el calendario de actuaciones, aquellas personas interesadas que no hayan presentado instancias dentro de los plazos previstos o que hayan sido excluidas del proceso por incumplimiento de los términos exigidos, siempre que cumplan con las condiciones de acceso, podrán presentar solicitud de admisión extraordinaria conforme al modelo del ANEXO VIII.

El alumnado con derecho a permanencia (alumnado que cursó Enseñanzas Iniciales en el curso 2024-2025, manteniendo su matrícula activa) interesado en matricularse de nuevos ámbitos de Enseñanzas Iniciales realizará su matrícula en el centro educativo donde curse los estudios conforme al modelo del ANEXO VIII, dentro del plazo establecido en el calendario de actuaciones.

  • ORDEN de 12 de junio de 2025 por la que se regula la admisión y matriculación del alumnado en centros sostenidos con fondos públicos que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y programas no formales, dirigidas a personas adultas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • RESOLUCIÓN de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que imparten Enseñanzas Iniciales, Enseñanza Secundaria y Enseñanzas no formales, dirigidas a personas adultas durante el curso 2025/2026.
  • INSTRUCCIÓN 17/2025 de la Dirección General de Formación Profesional, Inclusión e Innovación Educativa, sobre programas no formales, educación secundaria para personas adultas, actuaciones de aprendizaje a lo largo de la vida y otros programas para personas adultas en el curso 2025/2026.